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                         TIPOS DE SOCIEDADES, PERSONALISTAS Y DE CAPITAL

2. Sociedad Cooperativa: Las Sociedades Cooperativas se caracterizan y diferencian de las Sociedades Anónimas en que la FINALIDAD de las mismas no es exclusivamente la obtención de un lucro directo por parte de sus Socios, sino que además estos también pretenden desarrollar una actividad y unos intereses que satisfacen las NECESIDADES comunes de los mismos o de terceros, atendiendo incluso en ocasiones a las necesidades de su Comunidad y de su ENTORNO.
En la Sociedad Cooperativa cada Socio tiene derecho a un voto y en los acuerdos de la Asamblea General la mayoría necesaria es una mayoría simple, la mitad de los votos de los Socios presentes, salvo en los casos en que dichos acuerdos pudieran afectar a los Estatutos, o supongan la TRANSFORMACIÓN de la Sociedad, fusiones y escisiones, en cuyo caso sería exigible una mayoría reforzada de dos tercios de los Socios presentes, siendo además necesaria la presencia de la menos el setenta y cinco por ciento de los Socios.

En la Sociedad Cooperativa hay que destacar la especial importancia que se atribuye al derecho de INFORMACIÓN del que gozan los Socios, ya que las mismas suelen dotarse de una Comisión de Vigilancia, así como de otros órganos como el Consejo Social formado por Socios TRABAJADORES y de un Comité de recursos.

Las aportacioes de Capital efectuadas por los Socios son títulos NOMINATIVOS, sin que el importe total de cada Socio, cuando hay más de diez, pueda ser superior a un tercio del total. Al margen de esto también pueden efectuarse por terceros aportaciones financieras SUBORDINADAS, las cuales no tienen derecho de voto, y estas últimas se suelen ofrecer principalmente a los trabajadores de la Cooperativa.

Como venimos diciendo, las Cooperativas suelen tener una doble finalidad, económica y útil, suelen participar en actividades de educación y promoción de fines de interés público a los que se destina regularmente parte de sus beneficios.


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