Logo
  • INICIO
  • CONTACTO
  • ÁREAS Y MATERIAS
    • DERECHO MERCANTÍL
      • Sociedades
      • Contratos Mercantíl
      • Patentes y Marcas
      • D.Concursal
    • DERECHO LABORAL
    • D. ADMINISTRATIVO
    • DERECHO TRIBUTARIO
    • DERECHO PENAL
    • DERECHO CIVIL
  • NOTICIAS NEWS
  • COMENTARIOS
  • ENLACES DE INTERÉS
  • CONSULTAS ONLINE
  • BUSCADOR
  • AS Templates
  • AS Templates
  • AS Templates
  • DERECHO MERCANTÍL

DERECHO MERCANTIL

 

EL CÓDIGO DE COMERCIO DEFINE QUE ES LO QUE SE ENTIENDE POR EMPRESARIO O COMERCIANTE, SUJETO DEL DERECHO MERCANTIL, EN TAL SENTIDO EL ART. 1º DEL CÓD. COMERCIO SEÑALA QUE LO SERÁ TODO AQUEL QUE SE DEDIQUE HABITUALMENTE AL COMERCIO, ASÍ COMO AQUELLAS SOCIEDADES MERCANTILES CONSTITUIDAS CON DICHO FIN. LA EMPRESA  TIENE UNA FINALIDAD ECONÓMICA Y COMERCIAL, Y SE INTRODUCE EN EL MERCADO COMO UN COMPETIDOR MÁS, NO OBSTANTE PARA LLEVAR A CABO SU ACTIVIDAD DEBERÁ OBSERVAR LAS NORMAS Y LIMITACIONES LEGALES, ASÍ COMO CONTAR CON UNA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN ADECUADA.

El Derecho Mercantil abarca aquellas relaciones jurídicas referentes a los actos de COMERCIO, incluida la legislación sobre Derecho de Sociedades, registro de MARCAS y patentes, contratos mercantiles y Derecho CONCURSAL. En definitiva, el Derecho Mercantil lo que pretende es regular la actividad empresarial, la creación y extinción de EMPRESAS, su organización y administración contable, las responsabilidades, así como la protección de los terceros acreedores y particulares en las relaciones jurídicas que mantienen con las mismas, en base a potenciar la seguridad del tráfico mercantil para estimular el crecimiento económico y facilitar las garantías necesarias dentro de las relaciones comerciales. Una Sociedad mercantíl nace como persona jurídica desde su constitución, para ello será necesaria la aportación de un CAPITAL por parte de sus Socios fundadores y durante su desarrollo debe de administrar y gestionar sus bienes de manera que en todo momento pueda ser conocedora del valor real de su patrimonio, para ello aplicará las técnicas contables vigentes. Todo negocio supone un RIESGO económico y en ocasiones puede ocurrir que bien por insolvencia, falta de liquidez, o por exceso de endeudamiento la Sociedad sea declarada en concurso de ACREEDORES, en tal caso podría entrar en juego la figura de los Administradores concursales. La finalidad del Concurso es la de intentar satisfacer tanto el interés de los acreedores como la conservación de la empresa en la medida de lo posible.                                     .

 

http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png

http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png

http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png

http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png

 

 

 

Esquema Derecho Mercantíl:


SOCIEDADES

http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png
http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png
CONTRATOS http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png
PATENTES http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png 
TRANSFORMACIÓN http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png
CONCURSO http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png http://herculexmercantil.hostei.com/images/mmerca4.png

Referencias:

  • Código de Comercio de 1885.
  • Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital de 2010.
  • Plan General de Contabilidad de 2007.

 

Síguenos:      Contacto        Mapa web        Aviso legal            Enlaces de Interés

Copyright © 2023 Herculex Abogado Bilbao
AS Designing