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                                               LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, LA INICIATIVA Y EL RIESGO

1.  La empresa y el empresario:     El empresario es una persona física o jurídica que se sirve de una empresa para realizar una actividad económica en nombre propio, se trata por lo tanto del sujeto o agente a quien le corresponde la iniciativa y riesgo del negocio, y quien asume su ORGANIZACIÓN y dirección, salvo que este la delegue en otros. El empresario como decimos asume el riesgo del negocio, ya que a este le es imputable el resultado de todas las relaciones llevadas a cabo en su nombre con TERCEROS, y además por ser quien soporta económicamente los riesgos propios de la actividad comercial, respondiendo el mismo PERSONALMENTE con sus bienes presentes y futuros en base a la RESPONSABILIDAD del art. 1.911 del Código Civil. Otros requisitos para concebir que nos encontramos ante la figura de un empresario son que el mismo ejerza su actividad económica de forma organizada y profesionalmente dirigida a la producción de bienes o servicios dentro del mercado, pudiendo ser este un mero comerciante o bien llevar a cabo una actividad INDUSTRIA. (Art. 1 Cód. Comercio).
En primer lugar puede mencionarse a aquellos empresarios no mercantiles, pequeños empresarios o artesanos que realizan puntualmente actividades económicas pero sin disponer verdaderamente de una organización o empresa, igualmente los pequeños AGRICULTORES y ganaderos de subsistencia. Por otro lado, los empresarios mercantiles, los cuales tienen una organización y ciertas particularidades que hacen que gocen de un status jurídico especial puesto que su actividad es de mayor relevancia para el mercado y la economía en general, quedando obligados estos, a excepción de los profesionales liberales con título habilitante, a inscribirse en el REGISTRO MERCANTIL, a la llevanza de una CONTABILIDAD ordenada y a someterse a un régimen CONCURSAL especial en caso de insolvencia.


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